Cuánto se paga por exceso de velocidad

El cuadro del anexo IV fija multa y puntos según el límite de la vía y la velocidad captada: 100, 300, 400, 500 o 600 euros, y de 0 a 6 puntos.

Senal circular de limite de velocidad a 50 recortada contra el cielo
Foto de ICHI HAND en Pexels

Es la multa más común de España y también la peor explicada. Casi todo el mundo cree que se rige por la regla general de las sanciones de tráfico, y no es así: la velocidad tiene un cuadro propio del que salen cinco importes distintos.

Ese cuadro es el anexo IV de la Ley sobre Tráfico, y merece la pena entender cómo se lee.

Por qué la velocidad va aparte

El artículo 80 de la ley fija la regla general: las infracciones leves se sancionan con multa de hasta 100 euros, las graves con 200 y las muy graves con 500.

Y a continuación introduce la excepción, en la misma frase: «No obstante, las infracciones consistentes en no respetar los límites de velocidad se sancionarán en la cuantía prevista en el anexo IV.»

De ahí sale toda la confusión. Quien busca cuánto cuesta una multa de velocidad y encuentra «200 euros» está leyendo la regla que precisamente no se le aplica.

Los cinco escalones

El anexo IV establece cinco niveles, cada uno con su multa y sus puntos:

  • 100 euros y ningún punto. Es el primer tramo de exceso. Sigue siendo infracción grave, pero no toca el saldo.
  • 300 euros y 2 puntos.
  • 400 euros y 4 puntos.
  • 500 euros y 6 puntos.
  • 600 euros y 6 puntos, ya en la franja de infracción muy grave.

El primer escalón es donde cae la mayoría de las denuncias de radar, y explica una pregunta que se repite mucho: por qué alguien paga una multa de velocidad y su saldo de puntos no se mueve. No es un error: es que ese tramo no resta.

Preguntas frecuentes

¿Por qué mi multa de velocidad no es de 200 euros?

Porque la velocidad tiene su propio cuadro. El artículo 80 dice que las infracciones graves se sancionan con multa de 200 euros, pero añade expresamente que las consistentes en no respetar los límites de velocidad se sancionarán en la cuantía prevista en el anexo IV. Ese anexo fija cinco importes propios: 100, 300, 400, 500 y 600 euros.

¿Hay algún exceso que no reste puntos?

Sí. El primer escalón del cuadro se sanciona con 100 euros y no lleva aparejada detracción de puntos, aunque siga siendo una infracción grave. Es la franja donde cae la mayoría de las denuncias de radar, y explica por qué mucha gente paga una multa de velocidad sin que su saldo se mueva.

¿De qué depende exactamente lo que voy a pagar?

De dos datos a la vez: el límite de la vía donde te captaron y la velocidad que registró el cinemómetro. El anexo IV es un cuadro de doble entrada con columnas para límites de 20 a 130 km/h y filas por tramos de exceso. Pasarse 15 km/h en una vía limitada a 30 y en una limitada a 120 no está en la misma casilla.

¿Qué pasa en los accesos a las ciudades por autovía?

El anexo IV tiene una regla propia: en los tramos de autovías y autopistas interurbanas de acceso a las ciudades en que se hayan establecido límites inferiores a 100 km/h, los excesos se sancionan con la multa económica del cuadro, pero el resto de los efectos administrativos y penales solo se produce cuando se superan los 100 km/h, y en los términos previstos para ese límite.

¿Cuándo el exceso de velocidad deja de ser una multa y pasa a ser un delito?

Cuando entra en el ámbito penal, que es una vía distinta de la administrativa y con consecuencias mucho mayores. El propio anexo IV distingue una franja de infracción muy grave, y por encima de determinados excesos la conducta puede ser constitutiva de delito contra la seguridad vial. En ese terreno no estamos hablando ya de puntos ni de importes, y hace falta asistencia letrada.

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Multas y Puntos es un medio informativo independiente. No somos la DGT, ni una jefatura de tráfico, ni un despacho de abogados, y no tramitamos recursos ni gestionamos expedientes. Los importes y plazos citados proceden de fuentes oficiales enlazadas en cada página y pueden cambiar; verifica siempre con la administración competente antes de tomar una decisión. Si tu caso tiene consecuencias graves —pérdida del permiso, vía penal— consulta a un abogado.