El móvil al volante: seis puntos, o tres, según cómo lo uses
Sujetarlo con la mano son 6 puntos. Usarlo de otras formas, o llevar auriculares o manejar el navegador, son 3. La diferencia está en el baremo y casi nadie la conoce.

Es la infracción que más ha subido de precio en la última década, y la única del baremo que aparece dos veces con dos cifras distintas. Esa duplicidad no es un error de la ley: es una distinción deliberada que casi nadie conoce y que decide si te cuesta seis puntos o tres.
Las dos entradas del baremo
El anexo II de la Ley sobre Tráfico recoge el móvil en dos sitios.
El apartado 8, entre las de seis puntos, sanciona «utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce».
El apartado 20, entre las de tres puntos, sanciona conducir «utilizando cualquier tipo de casco de audio o auricular conectado a aparatos receptores o reproductores de sonido u otros dispositivos que disminuyan la atención permanente a la conducción, o manteniendo ajustado entre el casco y la cabeza del usuario dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce, o utilizando manualmente navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación, así como dispositivos de telefonía móvil en condiciones distintas a las previstas en el ordinal 8».
Léelo despacio y verás las tres cosas que mete en el mismo saco de tres puntos: los auriculares, el móvil entre el casco y la cabeza —pensado claramente para motoristas—, y el uso manual de navegadores y de cualquier otro sistema de comunicación. Y cierra con una cláusula de recogida: el móvil usado en condiciones distintas a las del apartado 8.
Dicho en corto: sujetarlo con la mano es lo que multiplica por dos el coste.
Por qué la ley separa las dos conductas
No es una cuestión formal. Sujetar un teléfono ocupa una mano que debería estar en el volante y, sobre todo, obliga a apartar la vista de la carretera para leer o escribir.
El apartado 20 recoge conductas que también reducen la atención pero no implican esa combinación completa: escuchar con auriculares distrae, pero deja las dos manos libres; tocar un navegador encajado en el salpicadero desvía la mirada un instante, pero no ocupa una mano de forma sostenida.
Entender esa lógica ayuda a saber por dónde va a caer un caso concreto: la pregunta que importa no es «¿usé el móvil?», sino «¿lo tenía en la mano mientras conducía?».
Lo que queda fuera del apartado 8
Conviene decirlo con cuidado, porque aquí es fácil que un artículo se pase de listo y acabe dando por permitido lo que no lo está.
El supuesto de los seis puntos exige sujetar con la mano. Los sistemas que no requieren sujetar el dispositivo —el manos libres del propio vehículo, un soporte fijo— no encajan en esa descripción.
Ahora bien, eso no significa que todo lo demás esté permitido. La cláusula de recogida del apartado 20 alcanza el uso manual del dispositivo en condiciones distintas, y existe además el deber general de mantener la atención permanente a la conducción, que es lo que sostiene todo este bloque del baremo.
La lectura honesta es esta: no sujetarlo evita el supuesto más caro, pero manipularlo sigue estando sancionado. Programar el destino antes de arrancar es lo único que queda claramente fuera.
El motorista y el casco
Hay un supuesto del apartado 20 que solo tiene sentido sobre dos ruedas y que conviene destacar porque se cuenta poco: mantener ajustado entre el casco y la cabeza del usuario un dispositivo de telefonía móvil mientras se conduce. Son tres puntos.
La conducta que describe es reconocible: encajar el teléfono dentro del casco para hablar sin sujetarlo con la mano. Como no se sujeta, no cae en el apartado de los seis; como reduce la atención y además puede desplazarse dentro del casco, la norma lo recoge expresamente.
Al motorista le afectan además dos entradas del baremo con las que conviene no confundirse. Los auriculares conectados a aparatos de sonido son tres puntos, y no hacer uso, o no hacerlo de forma adecuada, del casco y demás elementos de protección obligatorios son cuatro.
Es decir: manipular el casco para meter dentro un teléfono puede acabar tocando más de una casilla del baremo a la vez, y las sanciones económicas se acumulan aunque los puntos tengan su tope diario.
Lo que esto significa según tu saldo
Seis puntos son la mitad del crédito de un conductor con doce, y tres cuartas partes del de un conductor novel, que arranca con ocho.
Esa aritmética explica por qué esta infracción es especialmente peligrosa para quien acaba de sacarse el carné: una sola denuncia del apartado 8 deja el saldo en dos. Y con dos puntos, cualquier cosa —un stop, una distancia de seguridad, un cinturón— basta para quedarse a cero.
Recuerda además el límite que juega a favor: no se pueden perder más de ocho puntos por acumulación de infracciones en un solo día, salvo en los supuestos que la ley excluye. Eso amortigua un mal día, pero no amortigua nada si las denuncias llegan en semanas distintas.
El baremo completo, con lo que cuesta cada conducta, está en la guía sobre qué infracciones quitan puntos.
Las situaciones que más dudas generan
Estas son las preguntas que aparecen siempre, y merece la pena responderlas con la norma delante en lugar de con intuición.
Parado en un semáforo. Estar detenido en un semáforo no es haber terminado de conducir: el vehículo sigue en circulación y el conductor sigue al mando. Es el caso que más denuncias sorprendidas genera, precisamente porque mucha gente lo considera una pausa.
En un atasco. La misma lógica. Circular a paso de tortuga sigue siendo circular.
Como copiloto. El baremo sanciona al conductor. Un acompañante puede usar el teléfono, y de hecho es la solución razonable cuando hay que consultar algo por el camino.
Detenido en un lugar donde está permitido. Si el vehículo está correctamente estacionado o detenido donde la norma lo permite, y no en un carril de circulación, la situación es distinta de la de quien está al mando de un vehículo en marcha. Es la única forma segura de atender una llamada.
La regla de bolsillo que resume todo esto: si el coche está en la vía y tú estás al volante, cuenta. Parar de verdad significa salir de la circulación.
Lo que sí funciona en la práctica
No es un artículo de consejos, pero hay tres hábitos que eliminan la mayor parte del riesgo y no cuestan nada.
Programar antes de arrancar. El destino del navegador, la lista de música, el mensaje de que vas de camino. Dos minutos parado ahorran el supuesto entero.
Silenciar las notificaciones. La mayoría de los móviles tienen un modo de conducción que corta los avisos. La tentación se evita mejor quitándola que resistiéndola.
Delegar en el copiloto. Si va alguien contigo, el teléfono es suyo durante el viaje.
Suena elemental, pero conviene ponerlo al lado de la cifra: seis puntos son la mitad del carné de un conductor con doce, y la denuncia se recibe semanas después, cuando ya nadie recuerda por qué no podía esperar aquel mensaje.
Si ya te han denunciado
Lo primero es leer el boletín con atención y localizar qué apartado del baremo se está aplicando. No es lo mismo una denuncia por el apartado 8 que por el 20, y la diferencia son tres puntos.
Si la descripción de los hechos no menciona que sujetaras el dispositivo con la mano y aun así te anotan seis puntos, ahí hay algo concreto que revisar. Es de lo poco que se puede alegar en esta materia con base objetiva, junto con los errores de identificación del vehículo o del conductor.
Lo que no funciona es negar sin más lo que el agente constató. Los plazos y el orden de las fases están en la guía sobre los plazos para recurrir.
Y la decisión de pagar pronto merece un pensamiento aparte: la reducción del 50 % no salva los puntos y hace la sanción firme el mismo día, lo que adelanta la anotación. Está desarrollado en la guía del descuento por pronto pago.
Antes de decidir nada, mira tu saldo real siguiendo la guía sobre cómo consultar tu saldo. Y si queda bajo, compara las dos vías de recuperación en la guía sobre cómo se recuperan los puntos.
El resto de guías del sistema está en la sección de puntos.
Esto es información general y no sustituye al criterio de un profesional sobre tu expediente. Si detectas un error o un cambio en el baremo, escríbenos: lo corregimos y dejamos anotada la fecha.
Preguntas frecuentes
¿Son seis puntos o tres?
Depende de cómo lo uses. El apartado 8 del anexo II sanciona con seis puntos «utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce». El apartado 20 sanciona con tres puntos el uso de esos mismos dispositivos «en condiciones distintas a las previstas en el ordinal 8», junto con los auriculares y el manejo manual de navegadores.
¿Y si lo llevo en un soporte y solo lo toco un momento?
La conducta de los seis puntos es sujetarlo con la mano y usarlo. Si no lo sujetas, el supuesto que puede entrar en juego es el de los tres puntos, que cubre el uso manual en condiciones distintas. Es una diferencia de grado, no una autorización: manipular la pantalla sigue estando sancionado.
¿Los auriculares también restan puntos?
Sí, tres. El baremo sanciona conducir utilizando cualquier tipo de casco de audio o auricular conectado a aparatos receptores o reproductores de sonido u otros dispositivos que disminuyan la atención permanente a la conducción. No hace falta que suene el teléfono: basta con llevarlos puestos y conectados.
¿Y el navegador del móvil?
Utilizarlo manualmente mientras se conduce está expresamente en el apartado de los tres puntos, junto a cualquier otro medio o sistema de comunicación. Programarlo antes de arrancar no es lo mismo que manejarlo en marcha, y esa es toda la diferencia.
¿Puede denunciarme un agente sin foto?
Las denuncias de los agentes se basan en lo que constatan directamente, y ese es su valor probatorio. Lo que se puede alegar son hechos comprobables que contradigan lo constatado —que el vehículo no era el tuyo, que estabas detenido en un lugar donde estaba permitido—, no la simple negación de lo que el agente vio.
Fuentes consultadas
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