Recurrir una multa: los plazos que hacen que se pierda

Alegaciones, recurso de reposición y contencioso tienen plazos distintos y se cuentan desde momentos distintos. La mayoría de los recursos se pierden por fecha.

Escritorio despejado con un ordenador portatil, una libreta y lapices
Foto de Mikhail Nilov en Pexels

La mayoría de los recursos de tráfico no se pierden porque el conductor no tuviera razón. Se pierden por fecha: se presentan tarde, se presentan en el trámite equivocado o se presentan después de haber pagado, que es lo mismo que no presentarlos.

El sistema tiene tres puertas y se abren en orden. Cada una tiene su plazo, y cada plazo se cuenta desde un momento distinto. Eso es todo lo que hay que entender, y es donde se equivoca casi todo el mundo.

Las tres puertas, en orden

No son tres opciones entre las que elegir a gusto: son tres fases sucesivas, y no se puede volver atrás.

  • Alegaciones. Veinte días naturales desde la notificación de la denuncia. Es el momento de contar tu versión y aportar pruebas ante el instructor del expediente.
  • Recurso de reposición. Un mes desde el día siguiente a la notificación de la resolución sancionadora, ante el mismo órgano que la dictó. Es potestativo: puedes saltártelo.
  • Recurso contencioso-administrativo. Ya no es la administración, es un juzgado. Dos meses desde la notificación de la resolución que agota la vía administrativa.

Y una advertencia que va antes que las tres: si has pagado con la reducción del 50 %, todas están cerradas menos la última. El pago con descuento agota la vía administrativa y las alegaciones que presentes «se tendrán por no presentadas». Está desarrollado en la guía sobre el descuento por pronto pago, y conviene leerla antes de pagar, no después.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tengo para presentar alegaciones?

Veinte días naturales desde la notificación de la denuncia. Son naturales, no hábiles: los sábados, domingos y festivos cuentan. Es el mismo plazo que tienes para pagar con la reducción del 50 %, y por eso la decisión es excluyente: en esos veinte días o pagas con descuento o peleas, pero no las dos cosas.

¿El recurso de reposición es obligatorio antes de ir al juzgado?

No. La ley lo califica expresamente de potestativo: puedes interponerlo o saltártelo e ir directamente a la vía contencioso-administrativa. Lo que no puedes es hacer las dos cosas a la vez. Si lo interpones, tienes que esperar a que se resuelva o a que transcurra el mes sin respuesta, que la norma trata como desestimación.

Si recurro, ¿se paraliza el cobro de la multa mientras tanto?

No. El artículo 96 dice que la interposición del recurso de reposición no suspende la ejecución del acto impugnado ni la de la sanción. Puedes pedir la suspensión, pero si transcurre un mes desde la solicitud sin que te contesten, se entiende denegada. En la práctica significa que el expediente sigue avanzando mientras tú recurres.

¿Sirve de algo dejar pasar el tiempo a ver si prescribe?

Casi nunca. Las infracciones prescriben a los tres meses las leves y a los seis las graves y muy graves, pero la prescripción se interrumpe con cualquier actuación administrativa de la que tengas conocimiento, incluidas las notificaciones. Cada movimiento del expediente reinicia la cuenta, así que el silencio del ciudadano no adelanta el reloj.

¿Puedo añadir pruebas nuevas en el recurso de reposición?

Solo las que no pudieras haber aportado antes. La norma es tajante: no se tienen en cuenta en la resolución del recurso los hechos, documentos y alegaciones que el recurrente hubiera podido aportar en el procedimiento originario. Guardarse una prueba para el recurso no es una táctica: es perderla.

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Multas y Puntos es un medio informativo independiente. No somos la DGT, ni una jefatura de tráfico, ni un despacho de abogados, y no tramitamos recursos ni gestionamos expedientes. Los importes y plazos citados proceden de fuentes oficiales enlazadas en cada página y pueden cambiar; verifica siempre con la administración competente antes de tomar una decisión. Si tu caso tiene consecuencias graves —pérdida del permiso, vía penal— consulta a un abogado.